En esta tercera entrega de la serie Turismo en Ecuador reflexionamos junto a nuestros lectores sobre el recorrido histórico y legal que ha acompañado la construcción del sector turístico en el país. Desde El Costanero y su Escuela de Ciudadanía seguimos ampliando esta mirada crítica y participativa, convencidos de que conocer estas bases normativas es fundamental para comprender el presente y proyectar el futuro del turismo como política de Estado. En el primer capítulo revisamos la trayectoria del Ministerio de Turismo y cómo la inestabilidad política ha marcado su gestión. En la segunda entrega analizamos la Marca País y la dificultad de sostener una identidad nacional coherente a lo largo del tiempo. Hoy damos un paso más: ponemos la mirada en el marco legal e institucional del turismo, en esas leyes, decretos, reglamentos y planes que han buscado ordenar el sector y darle continuidad como política pública.
Hablar de turismo en el Ecuador implica reconocer que no se trata de una actividad improvisada ni secundaria, sino de un proceso con raíces profundas. Desde las primeras leyes en 1930 hasta las reformas recientes de 2024 y 2025, el país ha experimentado una evolución normativa que revela cómo el turismo pasó de ser un complemento de la economía a convertirse en un sector de interés nacional, con derechos, obligaciones, incentivos y responsabilidades compartidas.
“En 1935, bajo la presidencia del general Alberto Enríquez Gallo, se promulgó la primera Ley de Turismo del Ecuador, con beneficios para quienes construyeran hoteles y posadas.”
El camino comenzó en 1930, bajo el gobierno de Isidro Ayora, con la “Ley que fomenta el turismo en el Ecuador”, que buscaba facilitar el ingreso de viajeros y facultar a la administración pública para promover la imagen del país. En 1935, durante la presidencia del general Alberto Enríquez Gallo, se promulgó la primera Ley de Turismo que introdujo la cédula de turismo y estableció exoneraciones tributarias para quienes construyeran hoteles y posadas. Tres años después, en 1938, una nueva ley ratificó esos beneficios e institucionalizó la Dirección de Turismo del Estado, primer organismo oficial en esta materia. El periodo fundacional cerró con la creación de la tarjeta de turismo en 1948, que reforzó el control de visitantes, y con la conformación en 1964 de la Corporación Ecuatoriana de Turismo y Servicios (CETURIS), una entidad autónoma con patrimonio propio, concebida para promover proyectos turísticos y de servicios.
La evolución institucional tuvo otro giro en 1989, cuando CETURIS fue reemplazada por la Corporación Ecuatoriana de Turismo (CETUR), que centró su misión exclusivamente en el turismo. Esta transformación marcó un cambio de enfoque: se dejó atrás la visión ampliada de “turismo y servicios” y se consolidó un organismo orientado de forma exclusiva a la planificación y promoción turística, antecedente inmediato del Ministerio de Turismo creado en 1992.
En 1987, antes incluso de la conformación de las Cámaras Provinciales de Turismo, había surgido la Fundación Ecuatoriana de Promoción Turística (FEPROTUR), orientada al mercado norteamericano. El Plan Nacional de Competitividad Turística (1998) la reconoce como la primera experiencia de cooperación público–privada en promoción, antecedente directo del Fondo Mixto de Promoción Turística. En 1990 se creó la Bolsa de Turismo de Cuenca como espacio de intercambio profesional, y en 1991 nació la Asociación de Agencias de Viajes y Operadoras de Turismo (ASECUT).
“La Ley 97 de 2002 declaró al turismo como actividad de interés nacional, fortaleció los derechos de los turistas y consolidó la institucionalidad del sector.”
El 28 de enero de 1997 se promulgó la Ley Especial de Desarrollo Turístico, que introdujo innovaciones clave: reforzó las facultades del Ministerio de Turismo en promoción, regulación y apoyo a la inversión, creó el Consejo Consultivo de Turismo como órgano asesor con representación pública y privada, instituyó el Fondo de Promoción Turística como fideicomiso mercantil para financiar campañas y reconoció mecanismos de protección al turista con espacios para reclamos y resolución de conflictos.
Un hito adicional ocurrió en abril de 2001, cuando el gobierno de Gustavo Noboa expidió el Decreto Ejecutivo 1424, que declaró al turismo como prioridad nacional y fijó políticas de Estado para el sector. En este contexto, se comenzó a plantear la creación del Fondo Mixto de Promoción Turística como mecanismo estable de financiamiento.
El 27 de diciembre de 2002 se expidió la Ley 97, que marcó un antes y un después. Esta ley declaró al turismo como actividad de interés nacional, definió y categorizó los servicios turísticos, reguló el Registro de Turismo y la Licencia Única Anual de Funcionamiento (LUAF), estableció normas de calidad, control y sanciones, fortaleció los derechos del turista y dio lugar a reglamentos sectoriales. De forma paralela, se constituyó el Fondo Mixto de Promoción Turística (FMPT) como fideicomiso público–privado durante la gestión de la ministra Rocío Vázquez. Según las Memorias de una gestión (2004–2007), preparadas por Patricio Tamariz Dueñas, su marco legal se sustentaba en la Constitución, la Ley de Turismo, la Ley de Modernización del Estado, disposiciones del BID y normas fiduciarias del mercado de valores. El financiamiento se aseguraba mediante un recargo de 5 USD a cada boleto aéreo internacional emitido en Ecuador y un aporte de 1 por mil sobre activos fijos de los prestadores turísticos.

El consultor catalán Joseph Chías, de Chías Marketing Systems, elaboró en 2003 el Plan Integral de Marketing Turístico del Ecuador (PIMT), considerado el primer instrumento técnico de planificación integral de mercadeo para el país. Originalmente diseñado para aplicarse entre 2003 y 2006, debía ejecutarse con acciones simultáneas en distintos mercados y macroprogramas de promoción. Sin embargo, en estas Memorias, señalan que la falta de recursos humanos y financieros retrasó su puesta en marcha hasta octubre de 2004. Debido a esos retrasos, la vigencia del plan se extendió hasta 2009. Pese a las dificultades, el PIMT se convirtió en la hoja de ruta de la promoción internacional y sentó las bases de una gestión más profesionalizada y planificada de la marca Ecuador.
“Cada ley ha sido un paso en el camino para que el turismo se consolide como política de Estado y motor de economías sostenibles.”
En este contexto, la gestión de la ministra Gladys Eljuri (2004–2007) fue decisiva. Bajo su liderazgo, el FMPT se consolidó como herramienta legal y financiera, se transparentó la gestión de los aportes, se garantizó la participación del país en ferias internacionales y se sentaron precedentes de coordinación entre sector público y privado.
La Constitución de 2008 y el COOTAD (2010) transformaron la gestión turística al descentralizar competencias: los GAD asumieron potestades para regular establecimientos, emitir y renovar la LUAF, sancionar y promover destinos locales, mientras que el Ministerio conservó la rectoría nacional y la normativa técnica. Ese mismo texto constitucional introdujo los Derechos de la Naturaleza, obligando a que toda actividad turística en áreas protegidas se enmarque en un régimen de conservación.
La evolución reciente muestra nuevas apuestas. La Ley Orgánica para el Fortalecimiento de las Actividades Turísticas y Fomento del Empleo (2024) amplió la definición de actividades turísticas, permitió que una sola licencia cubra varios servicios y otorgó incentivos tributarios y crediticios. Según el análisis jurídico de NMS Law (2024) y el compendio técnico del SRI (2024), se trata de la reforma más ambiciosa en materia de formalización y competitividad.

Las reacciones, sin embargo, fueron diversas: como recoge GK City (2024), gremios empresariales celebraron la reducción de trabas burocráticas y el impulso a la inversión; en cambio, Plan V (2024) cuestionó el proceso legislativo y advirtió riesgos de opacidad en la gestión de incentivos. En Galápagos, la Coalición de Guías de Turismo (2024) criticó la falta de participación en la elaboración del reglamento de guianza, mientras pequeños prestadores en la Sierra reconocieron la oportunidad de formalización, aunque con preocupación por los costos y la falta de acompañamiento técnico.
En 2025, la Ley Orgánica para el Fortalecimiento de las Áreas Protegidas profundizó la relación entre turismo y sostenibilidad, otorgando incentivos tributarios para servicios en zonas naturales. Ese mismo año se creó el Fondo de Desarrollo Turístico, con USD 21,79 millones, destinado a promoción, competitividad, calidad e inversiones.
Más allá de las leyes, el turismo ecuatoriano ha contado con planes estratégicos que han intentado ordenar su desarrollo. El PLANDETUR 2020 planteó la sostenibilidad como eje central, aunque muchas de sus metas quedaron inconclusas tras la pandemia. Hoy, el Plan Nacional de Turismo 2030 busca articular sostenibilidad, accesibilidad, innovación y competitividad, apoyado en el Plan Institucional 2021–2025 y los Planes Anuales Comprometidos.
“Cada ley ha sido un paso en el camino para que el turismo se consolide como política de Estado y motor de economías sostenibles.”
El recorrido histórico muestra que el turismo en Ecuador se ha construido con leyes, reglamentos, fondos, descentralización y planes estratégicos que, juntos, conforman una política de Estado. Ninguno de estos elementos por sí solo sería suficiente; su valor está en la integración: la ley aporta seguridad jurídica, los gobiernos locales aseguran la gestión territorial, los fondos sostienen la promoción y los planes guían la visión de largo plazo. El reto ahora es que todo ello funcione de manera coordinada y sostenida, para que el turismo no sea solo una fuente de divisas, sino también un espacio de identidad, inclusión y ciudadanía, y al mismo tiempo un motor de generación de economías sostenibles que beneficien a comunidades, empresarios y al país en su conjunto.
Bibliografía
Asamblea Nacional del Ecuador. (1997). Ley Especial de Desarrollo Turístico. Registro Oficial, Quito.
Introdujo el Consejo Consultivo de Turismo, el Fondo de Promoción Turística y mecanismos de protección al turista.
Asamblea Nacional del Ecuador. (2024). Ley Orgánica para el Fortalecimiento de las Actividades Turísticas y Fomento del Empleo. Registro Oficial Suplemento 491, Quito.
Reforma que amplió definiciones, introdujo incentivos tributarios y flexibilizó licencias.
Asamblea Nacional del Ecuador. (2025). Ley Orgánica para el Fortalecimiento de las Áreas Protegidas. Registro Oficial, Quito.
Vincula turismo y sostenibilidad mediante incentivos tributarios en áreas naturales.
Buenaño, M. (1999). Tesis sobre evolución legal del turismo en Ecuador. [Tesis de licenciatura].
Estudio académico que analiza la creación de CETURIS (1964), CETUR (1989) y el Ministerio de Turismo (1992).
Coalición de Guías de Galápagos. (2024). Comunicado sobre el reglamento de guianza. Puerto Ayora.
Pronunciamiento gremial que critica la falta de participación en la aplicación de la reforma de 2024.
Congreso Nacional del Ecuador. (2002). Ley de Turismo (Ley N.º 97). Registro Oficial, Quito.
Declaró al turismo como actividad de interés nacional, reguló el Registro de Turismo y la LUAF.
FAOLEX Database. (2002). Ecuador: Ley de Turismo. FAO. http://faolex.fao.org
Versión digitalizada de la Ley 97 con acceso al articulado completo.
GK City. (2024). ¿Puede la nueva Ley de Turismo volver competitivo al Ecuador? GK City.
https://gk.city
Entrevistas a gremios y autoridades sobre incentivos tributarios y expectativas de inversión.
Ministerio de Turismo del Ecuador. (2002). Reglamento General a la Ley de Turismo. Quito.
Complementa la Ley 97 con normas técnicas, clasificación de establecimientos y sanciones.
Ministerio de Turismo del Ecuador. (2006). PLANDETUR 2020: Plan Estratégico de Desarrollo del Turismo Sostenible en Ecuador. Quito.
Primer plan estratégico de largo plazo, basado en sostenibilidad, descentralización y calidad.
Ministerio de Turismo del Ecuador. (2021). Plan Institucional 2021–2025. Quito.
Instrumento operativo alineado con la estrategia nacional y el Plan 2030.
Ministerio de Turismo del Ecuador. (2023). Plan Nacional de Turismo 2030. Quito.
Hoja de ruta actual que articula sostenibilidad, accesibilidad, innovación y competitividad.
NMS Law. (2024, marzo 27). La nueva Ley de Actividades Turísticas en Ecuador. NMS Law.
https://nmslaw.com.ec/blog/2024/03/27/ley-actividades-turisticas-ecuador
Análisis jurídico de la reforma 2024: simplificación de trámites, licencias integrales e incentivos.
Plan V. (2024). La Ley de Turismo y el debate político en la Asamblea. Plan V.
https://www.planv.com.ec
Reportaje crítico sobre el proceso legislativo y los riesgos de opacidad en la gestión de incentivos.
Presidencia de la República del Ecuador. (2001). Decreto Ejecutivo 1424. Quito.
Declaró al turismo como prioridad nacional y fijó políticas de Estado.
PUCE. (s.f.). Repositorio institucional: documentos sobre la Ley de 1938 y el Ministerio de Bienestar Social y Turismo. Pontificia Universidad Católica del Ecuador.
https://repositorio.puce.edu.ec
Fuente secundaria que menciona la dependencia de la Dirección de Turismo en 1938.
Servicio de Rentas Internas. (2024). Compendio de incentivos tributarios aplicables al sector turístico tras la reforma. Quito.
Documento técnico que explica exoneraciones, alivios fiscales y compensaciones.
Tamariz Dueñas, P. (2008). Memorias de una gestión. Fondo de Gerencia – Promoción Turística. Dirección Ejecutiva, septiembre 2004 – diciembre 2007. Quito.
Informe que detalla la operatividad del Fondo Mixto, la gestión de Gladys Eljuri y el Plan Integral de Marketing Turístico de Joseph Chías.
Nota al pie
Este trabajo forma parte de la Escuela de Ciudadanía, dedicada al análisis de la función pública, su operatividad y los actores que la han desarrollado a lo largo de la historia. Los nombres mencionados corresponden únicamente a su labor institucional en el ámbito turístico. Ni la autora ni El Costanero se adhieren a posiciones políticas de quienes en su momento ocuparon u ocupan cargos públicos.
El propósito de este trabajo es exclusivamente informativo, académico y ciudadano: contribuir al conocimiento colectivo, promover el debate informado y fortalecer la capacidad crítica de la sociedad.